Lapresencia del acusado en el juicio en muchos sistemas procesales no solo es una garant铆a conectada con el derecho de defensa y a un proceso justo, sino un verdadero elemento estructural del proceso, de tal manera que, sin el acusado presente y situado frente al Juez o Tribunal que lo ha de juzgar, es absolutamente imposible la
\n \nescrito solicitando la no celebraci贸n de vista
puedaacordar la celebraci贸n de vista. La misma Ley regula en sus art铆culos 55 y siguientes el procedimiento de control de concentraciones econ贸micas, previendo el art铆culo 58.3 la celebraci贸n de vista ante el Consejo si as铆 lo solicitan los notificantes. Estas previsiones legales de celebraci贸n de vista oral encuentran su desarrollo

judiciales a solicitar asilo y a la garant铆a de no devoluci贸n, consagrados en los art铆culos 8, 22.7 y 22.8 de la Convenci贸n Americana, en relaci贸n con el art铆culo 1.1 del mismo instrumento, en perjuicio de Rumaldo Juan Pacheco Osco, Fredesvinda Tineo Godos, las

278y siguientes de la Ley de la Jurisdicci贸n Social, citando a las partes a la comparecencia prevista en los arts. 280 y 281 y, una vez celebrada, dicte auto resolviendo que la readmisi贸n no se ha efectuado (o no lo fue en la debida forma), y ordenando reponerme en mi puesto dentro de los cinco d铆as siguientes a la fecha de la resoluci贸n,

Respuesta El art铆culo 440.1 apartados 3潞 y 4潞 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) es el precepto que induce al equ铆voco sobre la necesidad o no de solicitar expresa y previamente al Juzgado la citaci贸n del litigante contrario para la pr谩ctica del interrogatorio de parte en la vista del juicio verbal.

I La celebraci贸n de juicios telem谩ticos como medida de choque contra el COVID-19 La presente crisis sanitaria derivada de la propagaci贸n del virus COVID-19 en la que seguimos sumergidos tras la confirmaci贸n de la tercera ola de contagios, unido a la situaci贸n arrastramos desde la declaraci贸n del estado de alarma mediante el Real
. 78 141 155 393 187 122 121 2

escrito solicitando la no celebraci贸n de vista